Los límites de bancarización, regulados por el artículo 771-5 del Estatuto Tributario, establecen restricciones significativas para el reconocimiento fiscal de los pagos realizados en efectivo (monedas y billetes). El objetivo principal de esta norma es incentivar el uso de canales financieros para aumentar la trazabilidad de las operaciones y reducir la evasión fiscal.
A continuación, se detalla cómo estos límites afectan la deducción de costos y gastos:
1. Límites globales para pagos en efectivo
A partir del año gravable 2021, el monto de los costos, gastos y pasivos cancelados en efectivo que se pueden deducir en la declaración de renta no puede exceder el menor entre los siguientes dos valores:
• El 40 % de todos los pagos realizados por el contribuyente durante el año fiscal, independientemente del medio de pago utilizado.
• El 35 % de los costos y deducciones totales tomados en la declaración de renta (calculados sobre el valor antes de IVA).
Cualquier pago en efectivo que sobrepase estos topes globales será rechazado fiscalmente, lo que impide su deducción.
2. Límite individual por transacción (100 UVT)
Además de los límites globales, existe una restricción para operaciones individuales. Los pagos en efectivo realizados por personas jurídicas o personas naturales con rentas no laborales que superen las 100 UVT serán desconocidos como costo, deducción, pasivo o impuesto descontable.
Un punto clave es que, tras la Sentencia 026676 de 2023 del Consejo de Estado, se aclaró que este límite de 100 UVT aplica por cada transacción individual y no a la sumatoria de pagos realizados a un mismo tercero durante el año. De este modo, si una transacción única en efectivo supera este monto, el exceso no será deducible.
Para referencia, el valor de las 100 UVT ha evolucionado de la siguiente manera:
• 2023: $4.241.200.
• 2026 (proyectado): Aproximadamente $5.238.000.
3. Consecuencias del incumplimiento
El incumplimiento de estas normas de bancarización no genera una sanción monetaria directa, sino el desconocimiento de los costos y gastos en la declaración tributaria. Al no poder restar estos valores de sus ingresos, el contribuyente ve incrementada su base gravable, lo que resulta en un pago mayor del impuesto sobre la renta.
4. Medios de pago aceptados para la deducción
Para que un costo sea plenamente aceptado sin las restricciones del efectivo, el pago debe canalizarse a través del sistema financiero mediante:
• Depósitos bancarios y transferencias.
• Giros y cheques (específicamente aquellos con la cláusula de "páguese al primer beneficiario" para garantizar trazabilidad).
• Tarjetas de crédito o débito.
• Plataformas de depósito de bajo monto, como Nequi y Daviplata, las cuales la DIAN ya reconoce como medios válidos para el reconocimiento fiscal de costos y deducciones.
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